Exposición de motivos para la desamortización de Mendizábal


Vender la masa de bienes que han venido a ser propiedad del Estado, no es tan sólo cumplir una promesa solemne y dar una garantía positiva a la deuda nacional por medio de una amortización exactamente igual al producto de las rentas, es abrir una fuente abundantísima de felicidad pública; vivificar una riqueza muerta; desobstruir los canales de la industria y de la circulación; apegar al país por el amor natural y vehemente a todo lo propio; enganchar la patria, crear nuevos y fuertes vínculos que liguen a ella; es en fin identificar con el trono excelso de ISABEL II, símbolo de orden y de la libertad.

No es, Señora, ni una fría especulación mercantil, ni una mera operación de crédito, por más que éste sea la palanca que mueve y equilibra en nuestros días las naciones de Europa: es un elemento de animación, de vida y de ventura para la España: Es, si puedo explicarme así, el complemento de su resurrección política.

El decreto que voy a tener la honra de someter a la augusta aprobación de V.M. sobre la venta de esos bienes adquiridos ya para la nación, así como en su resultado material ha de producir el beneficio de minorar la fuerte suma de la deuda pública, es menester que en su tendencia, en su objeto y aún en los medios por donde se aspire a aquel resultado, se enlace, se encadene, se funda en la alta idea de crear una copiosa familia de propietarios, cuyos goces y cuya existencia se apoya principal­mente en el triunfo completo de nuestras actuales instituciones.

Gaceta de Madrid, 21 de febrero de 1836. Reproducido en A. Fernández y otros, Documentos de Historia Contemporánea de España, Madrid, Actas, 1996, pp. 120-125.
J.A. Mendizábal. Fuente: wikipedia

El texto forma parte de la Ley de Desamortización de Juan Álvarez Mendizábal publicada en la Gaceta de Madrid (el equivalente al actual Boletín Oficial del Estado). Concretamente es la exposición de motivos que llevan al Ministro de Hacienda (y entonces también Jefe de Gobierno) a proponer una ley valiente y necesaria para los liberales. En el documento, Mendizábal deja clara sus intenciones: por un lado, el primer párrafo habla de la reducción de la deuda (insiste más abajo) y da una serie de motivaciones muy ligadas al neonato pensamiento liberal que defiende la libertad de mercado; además, asoma su intención de crear una base social de afectos al nuevo régimen liberal de aquellos que se puedan beneficiar de la venta de tierras. Para darle mayor énfasis a su discurso, implica directamente a la reina argumentando que ella también se beneficiará de la afección de aquellos que adquieran dichos bienes.

En el segundo párrafo desvincula su propósito de una actividad meramente especulativa o mercantil, y la liga realmente a un bien para la nación.

Para terminar el texto, en el tercer y último párrafo insiste en la intención supuestamente real del decreto: reducir la maltrecha deuda pública y crear un grupo de pequeños y medianos propietarios beneficiarios de la puesta en venta de bienes eclesiásticos que identifiquen su prosperidad personal con la existencia y desarrollo del régimen liberal.

La trascendencia de un texto como este es crucial. Después de varios intentos desamortizadores, como los planteados en las Cortes de Cádiz y en el reinado de José I, así como en el Trienio, la primera gran desamortización llega de la mano de los progresistas. En un marco de guerra civil, de la que dependía la supervivencia del incipiente régimen liberal, la actuación de los liberales debía ir encaminada a asestar golpes definitivos e irreversibles al Antiguo Régimen. Así, los progresistas en el poder desde 1836 a través de un (cómo no) pronunciamiento en la Granja de San Ildefonso, promueven dos de sus acciones estelares: sustituir el inservible Estatuto Real por una Constitución liberal y progresista (que verá la luz en 1837) e iniciar la transformación de las estructuras económicas del país hacia una auténtico sistema liberal. Para ello se tornaba imprescindible poner en valor la gran cantidad de tierras amortizadas o vinculadas que estaban en régimen de manos muertas, sin explotar, y que eran un lastre para la escasamente desarrollada economía española. Por ello, Mendizábal expropiará las tierras de las órdenes religiosas fundamentalmente para poder venderlas posteriormente. Sus objetivos pasan por conseguir fondos para, por una parte, sanear la deuda y por otra para ganar la guerra que garantizaría la supervivencia del nuevo régimen liberal. También pretendía poner en cultivo tierras que no se trabajan para incrementar la producción y la competencia y reactivar el mercado y generar una nueva clase de pequeños y medianos propietarios afectos al régimen que pudieran adquirir tierras gracias a la nueva política liberal.


Si bien la desamortización estará en vigor poco tiempo, fueron muchas las tierras expropiadas, aunque no todas vendidas. Las consecuencias de la desamortiazación será dispares: por un lado se saneó levemente la Hacienda Pública y se consiguió ganar la guerra; pero por otro lado, las tierras no fueron adquiridas por cualquier persona sino que se redujo a aquellos que disponían de capital para ello: así, los campesinos quedaron fuera de cualquier posibilidad de adquirirlas y la estructura de la propiedad de la tierra apenas cambió. A la existente gran nobleza terratateniente se sumó una burguesía propietaria que si bien puso en cultivo tierras que no lo estaban, no supuso un gran cambio a mejor para los campesinos; es más, muchos de ellos vieron empeoradas sus condiciones de arrendamiento con los nuevos dueños y aumentó considerablemente el número de jornaleros. Además, la Iglesia se vio perjudicada por el proceso desamortizador y estuvo boicoteando a España hasta que consiguió en 1851 un Concordato que satisfacía buena parte de sus aspiraciones (incluyendo la devolución de las tierras desamortizadas y no vendidas).

A pesar de todo, con el regreso de los progresistas de nuevo al poder merced a un nuevo golpe militar en 1854 abrió un nuevo proceso desamortizador, este vez dirigido por Pascual Madoz y que no solo expropiaría tierras eclesiásticas (ahora también del clero secular y las Órdenes Militares) sino que se extendía hacia otras tierras de titularidad pública como las tierras comunales de los municipios españoles. Este proceso duró de forma intermitente hasta 1923, generó abundantes beneficios para las arcas del estado y la ruina para parte del campesinado que dependía de esas tierras y que se vio abocado a la emigración hacia la ciudad.

Para encontrar el contexto del texto puedes buscar en este tema del IES Sabuco o en el apartado 4.2 del tema del IES Elaios.

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